La Lista Celeste como ha hecho desde siempre una vez más reitera su posición frente a la pretensión de un grupo de socios adherentes que promueve una Asamblea Extraordinaria, a los efectos de modificar el estatuto para poder votar y participar de los órganos de gobierno.
Así es que no se advierte razonabilidad en el hecho de que quienes pueden ejercer libremente la profesión o cumplir tareas ajenas al ámbito judicial o al de los ministerios públicos y participar en las elecciones de los Colegios de Abogados u otras entidades, tal el caso de los adherentes, formen parte de los órganos de gobierno de la asociación más allá de la rica participación en sus actividades.
En este sentido, debe destacarse que la asociación tiene por objetivo principal la defensa y protección del rol funcional cuyas vicisitudes, problemáticas, día a día, justamente trata el objeto relevante institucional y, es claro, que los adherentes no lo tienen en la actualidad.
Ello sin perjuicio de dejar a salvo que los adherentes tienen voz dentro de nuestro espacio asociativo y pueden aconsejar que se realicen todas aquellas diligencias que tiendan a procurar su bienestar, pero se tratan de acciones complementarias.
Por su parte, es oportuno recordar que mediante acta del 12 de julio de 2023 la comisión designada por decisión del HCD del 29 de mayo de 2023 (Acta 1418) a fines del relevamiento de los avales presentados en los términos del art. 39 del Estatuto, informó que el padrón de socios activos para esa fecha se integraba con un total de 2641 socios y que los avales ratificados fueron 192, uno rectificado y 22 observados, por tanto el número no resulta representativo por no alcanzar el mínimo exigido para la convocatoria. Desde allí entonces la decisión soberana del Cuerpo no ha sido infundada sino, antes bien, su rechazo obedeció al incumplimiento de uno de los requisitos indispensables exigidos (ver acta 1420 del 7 de agosto de 2023). Por tanto, pretender la revisión de aquella decisión de fecha 29 de mayo de 2023 aparece como inoficiosa, preclusa y extemporánea.
Desde nuestro espacio estamos dispuestos dar discusiones tales como el monto de la cuota social por mencionar alguno, pero de ninguna manera admitiremos pretensiones de un espacio orientadas a perpetuarse en los órganos de gobierno y que no hacen más que confundir al electorado. Máxime cuando esta confrontación de los adherentes con la AMFJN en la Inspección General de Justicia lo es desoyendo la voluntad de la mayoría del Consejo Directivo por lo que pretenden formar parte de un órgano cuya voluntad ni siquiera respetan.