EL SALARIO NO ES GANANCIA
La Lista Celeste una vez más se ve sorprendida por los anuncios que, a través de medios de difusión, darían cuenta de la pretensión de impulsar una nueva reforma respecto del impuesto a las ganancias para las y los integrantes del Poder Judicial y de los Ministerios Públicos de la Nación consistente en grabar a todas/os las/os magistradas/os, funcionarias/os y empleadas/os de todo el país, que no fueron alcanzados con la Ley 27.346 del año 2016.
Nos referimos en orden a la gravedad que conlleva la incorporación de una cuestión de semejante importancia dentro del tratamiento del presupuesto, a todas luces violatorio del art. 20 de la Ley de Administración Financiera, que establece: “… En consecuencia, no podrán contener disposiciones de carácter permanente, no podrán reformar o derogar leyes vigentes, ni crear, modificar o suprimir tributos u otros ingresos”.
La razón de ser de esa norma es que, atento la vigencia anual de la ley de leyes (como se conoce al Presupuesto), no arremeta contra otras normas respecto de las que se requiere un trámite especial, una entrada reglada por alguna Cámara especifica o que tienen pretensión de una vigencia extendida en el tiempo (como en general ocurre con todas las leyes) o que merecen de un debate más amplio en razón de ser políticas de largo alcance.
En síntesis, no hay una interpretación posible que permita lo que se intenta, porque aún si se pretendiera hablar de un impuesto nuevo, se caería entonces también esa pretensa inclusión del proyecto. Máxime cuando se trata de una incorporación respecto de un tema de enorme trascendencia in audita parte.
Pero, además, la cuestión ya fue tratada -como se dijo- por Ley 27.346 a la que nos hemos opuesto defendiendo la intangibilidad de nuestras remuneraciones y que ha generado inequidades con las/os magistradas/os y funcionarias/os que tributan y respecto de otros poderes del Estado por las porciones tributadas, situación que, desde nuestro espacio, trabajamos de modo incesante para superar esa problemática porque tenemos la firme convicción que el salario no es ganancia (art. 110 CN).
Máxime ahora cuando el propio gobierno impulsa una reforma que suprime la 4ta. categoría, por lo que la propuesta comentada sería una evidente y notoria discriminación en contra de la administración de justicia que se encuentra inhibida de realizar actividades complementarias, excepto la docencia.
Por último, destacamos que la Administración de Justicia está siendo sometida a constantes cambios legislativos según el gobierno de turno, lo cual se traduce en la falta de seguridad y tranquilidad para quienes tienen la alta responsabilidad de intervenir en la determinación de conductas y cuestiones que incumben a las y los ciudadanas/os porque permanentemente se están cambiando las normas que rigen el destino de las/os magistradas/os, cosa que no pasa en ningún otro estamento del Estado.
La Lista Celeste no claudica en sus convicciones y las reafirma en momentos de ataques inexplicables a la Administración de Justicia.
La independencia judicial no se negocia.