7/5/19
Estimados colegas
Compartimos con ustedes el proyecto presentado por el Consejero representante de nuestro espacio, Alberto Agustín Lugones, por ante la Comisión de Reglamentación, y para su consideración en la Comisión de Selección del Consejo de la Magistratura de la Nación, en el cual propone la modificación del art. 47, in fine, del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación.
Mediante esta propuesta se busca corregir aquello que, según se entiende, pudo haber llevado a que la discrecionalidad del Poder Ejecutivo de turno, termine derivando en situaciones que no fueron las pretendidas al dictarse la norma, dándose supuestos de concursos múltiples en los que una o más ternas fueron directamente omitidas al no haberse designado ninguno de los postulantes que las conformaban.
No debe soslayarse que el fin inmediato de los procesos de concursos públicos de oposición y antecedentes es la selección del postulante más idóneo, es decir, el que ha obtenido una puntuación mayor que el resto.
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