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DEFENSA PÚBLICA: GARANTÍA DE JUSTICIA

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La Lista Celeste expresa su estupor ante noticias aparecidas en los diarios Perfil e Infobae el día de hoy, referidas a la pretensión de “eliminación de la figura del defensor oficial”.

Semejante e inaudita propuesta contraría de manera expresa las normativas establecidas en los artículos 8.2.e de la Convención Americana de Derechos Humanos, el 120 de la Constitución Nacional, la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa N° 27.149 y las cuantiosas previsiones contenidas en los códigos de fondo y procesales, establecidas como resguardo principal del Estado de Derecho y en atención a sectores especialmente vulnerables.

Resulta además paradójico que se ponga en entredicho a un instituto reconocido y valorado del sistema judicial argentino, con raíces centenarias, y que por su naturaleza de independencia, autonomía funcional y profesionalismo, recurrentemente es citado por organismos internacionales como modelo a seguir en la región.

Planteos de este tenor muestran además, un llamativo desconocimiento sobre el enorme nivel de cobertura de la defensa pública en todo tipo de materia e instancias y en todo el país, se trate de sede administrativa o judicial, en casos de adultos, niñas, niños y adolescentes, generando una evidente perturbación funcional en quienes ejercitan el noble rol de defender a quienes no tienen quien los defienda.

Construyendo juntos un espacio democrático, transparente y federal.